“Un necesario espacio verde público”

SR. DIRECTOR: El “Campito de la estación” es un necesario espacio verde público que brinda a Escobar un lugar de purificación del aire, paisaje, recreación y encuentro para los niños, jóvenes y adultos. Si bien Belén de Escobar cuenta con otros espacios verdes (las plazas San Martín,  de ex Combatientes y Juan Manuel de Rosas), […]

SR. DIRECTOR:
El “Campito de la estación” es un necesario espacio verde público que brinda a Escobar un lugar de purificación del aire, paisaje, recreación y encuentro para los niños, jóvenes y adultos.
Si bien Belén de Escobar cuenta con otros espacios verdes (las plazas San Martín,  de ex Combatientes y Juan Manuel de Rosas), todos ellos resultan insuficientes para suplir los 10 metros cuadrados de espacios verdes  que como mínimo se requieren por habitante (ley 8.912). Además, los mencionados no están dotados de juegos ni de la libertad de esparcimiento que permite el Campito, indispensable para el desarrollo psicomotriz de un niño.
La Ley 8912 establece claramente:
Son objetivos fundamentales del Ordenamiento Territorial asegurar “la preservación del medio ambiente, una adecuada organización de las actividades en el espacio y la implantación de mecanismos legales, administrativos y económicos-financieros que doten al gobierno municipal de los medios que posibiliten la eliminación de los excesos especulativos, a fin de asegurar que el proceso de ordenamiento y renovación urbana se lleve a cabo salvaguardando los intereses generales de la comunidad, prohibiéndose llevar adelante acciones degradantes del ambiente”.
Actualmente Escobar cuenta con un déficit de espacios verdes públicos para sus habitantes. Sin embargo, la ley 8.912 exige en su artículo 13 que los espacios verdes públicos de un núcleo urbano serán calculados de acuerdo a la máxima cantidad de población que se espera albergar. En este, caso en el partido de Escobar, adoptando un mínimo de 10m² por habitante.
Todas estas exigencias legales deben ser contempladas responsablemente dentro del Plan de Ordenamiento Territorial del Partido de Escobar, que actualmente espera por su aprobación en la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda de la provincia de Buenos Aires.
En las áreas urbanas el arbolado se vuelve indispensable para preservar la calidad de vida. Disminuyen las altas temperaturas durante el verano brindando frescura al ambiente, nos protegen con su sombra de la radiación solar, tan dañina para nuestros tejidos. Además, absorben y bloquean los ruidos que provocan la contaminación sonora; esta última, en general, producida por los medios de transportes.
Entre los gases tóxicos que son emitidos por la quema de combustibles fósiles se encuentra el CO2 (dióxido de carbono), gas que junto al agua, la luz solar y elementos del suelo son utilizados en el proceso de la fotosíntesis a través del cual árboles y plantas producen su alimento y el indispensable oxígeno que necesitamos para vivir. Absorben, además, otros gases peligrosos y atrapan el polvo, cenizas y  el humo.
De esta forma, los árboles descontaminan el aire que respiramos, ayudan a mitigar el efecto invernadero de la atmósfera reconocido causante del calentamiento global.
Los árboles pueden cumplir sus funciones debidamente si se mantienen saludables. El hábito de la poda se fue imponiendo con el tiempo porque se creía que al podarlos crecerían con más fuerza y vitalidad. Sin embargo, al podarlos los dañamos. Cada corte es una herida que lleva larguísimo tiempo  subsanar y una puerta abierta a bacterias, hongos e insectos, generando así la reducción de sus años de vida e incluso un potencial riesgo para su vida.
Existen casos, sin embargo, en los que la poda es necesaria como el riesgo de roce de cables. En tales casos recomendamos que el trabajo sea realizado por expertos en el tema (texto poda completo: http://www.aapescobar.com.ar).
Dadas las importantes funciones aportadas por los árboles al conjunto  de la sociedad y con la definida finalidad de protegerlos se sanciona la ley 12.276, que expresa claramente la prohibición de la extracción, poda, tala y daños de ejemplares del arbolado público. Luego, el cuidado del medio ambiente es un derecho de todos, pero también una obligación.
Ante la situación actual en el Municipio de Escobar debemos priorizar el espacio verde público: incorporando más cantidad de espacios verdes, de ninguna manera reemplazarlos; plantar más árboles aptos para la zona y la vía pública; y, por supuesto, cuidar los que ya tenemos. Con la intención desinteresada de mejorar la calidad de vida de todos los escobarenses.
Asociación Ambientalista del Partido de Escobar
Asociación Ambientalista Los Talares
(Integrantes de El Escobar Que Queremos)
Contactos: (03488) 444-317, 489-076.

SR. DIRECTOR:

El “Campito de la estación” es un necesario espacio verde público que brinda a Escobar un lugar de purificación del aire, paisaje, recreación y encuentro para los niños, jóvenes y adultos.

Si bien Belén de Escobar cuenta con otros espacios verdes (las plazas San Martín,  de ex Combatientes y Juan Manuel de Rosas), todos ellos resultan insuficientes para suplir los 10 metros cuadrados de espacios verdes  que como mínimo se requieren por habitante (ley 8.912). Además, los mencionados no están dotados de juegos ni de la libertad de esparcimiento que permite el Campito, indispensable para el desarrollo psicomotriz de un niño.

La ley 8.912 establece claramente:

Son objetivos fundamentales del Ordenamiento Territorial asegurar “la preservación del medio ambiente, una adecuada organización de las actividades en el espacio y la implantación de mecanismos legales, administrativos y económicos-financieros que doten al gobierno municipal de los medios que posibiliten la eliminación de los excesos especulativos, a fin de asegurar que el proceso de ordenamiento y renovación urbana se lleve a cabo salvaguardando los intereses generales de la comunidad, prohibiéndose llevar adelante acciones degradantes del ambiente”.

Actualmente Escobar cuenta con un déficit de espacios verdes públicos para sus habitantes. Sin embargo, la ley 8.912 exige en su artículo 13 que los espacios verdes públicos de un núcleo urbano serán calculados de acuerdo a la máxima cantidad de población que se espera albergar. En este, caso en el partido de Escobar, adoptando un mínimo de 10m² por habitante.

Todas estas exigencias legales deben ser contempladas responsablemente dentro del Plan de Ordenamiento Territorial del Partido de Escobar, que actualmente espera por su aprobación en la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda de la provincia de Buenos Aires.

En las áreas urbanas el arbolado se vuelve indispensable para preservar la calidad de vida. Disminuyen las altas temperaturas durante el verano brindando frescura al ambiente, nos protegen con su sombra de la radiación solar, tan dañina para nuestros tejidos. Además, absorben y bloquean los ruidos que provocan la contaminación sonora; esta última, en general, producida por los medios de transportes.

Entre los gases tóxicos que son emitidos por la quema de combustibles fósiles se encuentra el CO2 (dióxido de carbono), gas que junto al agua, la luz solar y elementos del suelo son utilizados en el proceso de la fotosíntesis a través del cual árboles y plantas producen su alimento y el indispensable oxígeno que necesitamos para vivir. Absorben, además, otros gases peligrosos y atrapan el polvo, cenizas y  el humo.

De esta forma, los árboles descontaminan el aire que respiramos, ayudan a mitigar el efecto invernadero de la atmósfera reconocido causante del calentamiento global.

Los árboles pueden cumplir sus funciones debidamente si se mantienen saludables. El hábito de la poda se fue imponiendo con el tiempo porque se creía que al podarlos crecerían con más fuerza y vitalidad. Sin embargo, al podarlos los dañamos. Cada corte es una herida que lleva larguísimo tiempo  subsanar y una puerta abierta a bacterias, hongos e insectos, generando así la reducción de sus años de vida e incluso un potencial riesgo para su vida.

Existen casos, sin embargo, en los que la poda es necesaria como el riesgo de roce de cables. En tales casos recomendamos que el trabajo sea realizado por expertos en el tema (texto poda completo: http://www.aapescobar.com.ar).

Dadas las importantes funciones aportadas por los árboles al conjunto  de la sociedad y con la definida finalidad de protegerlos se sanciona la ley 12.276, que expresa claramente la prohibición de la extracción, poda, tala y daños de ejemplares del arbolado público. Luego, el cuidado del medio ambiente es un derecho de todos, pero también una obligación.

Ante la situación actual en el Municipio de Escobar debemos priorizar el espacio verde público: incorporando más cantidad de espacios verdes, de ninguna manera reemplazarlos; plantar más árboles aptos para la zona y la vía pública; y, por supuesto, cuidar los que ya tenemos. Con la intención desinteresada de mejorar la calidad de vida de todos los escobarenses.

Asociación Ambientalista del Partido de Escobar

Asociación Ambientalista Los Talares

(Integrantes de El Escobar Que Queremos)

Contactos: (03488) 444-317, 489-076.

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