Prohíben la circulación de camiones con semiacoplado en zonas céntricas

La medida apunta a reordenar la circulación vehicular y a garantizar la durabilidad de los pavimentos urbanos. La ordenanza fue sancionada por unanimidad, pero no establece los caminos alternativos que podrán utilizar.

Cruce problemático. La esquina de las avenidas Tapia de Cruz y Belgrano, a una cuadra de la plaza de Escobar.

La medida apunta a reordenar la circulación vehicular y a garantizar la durabilidad de los pavimentos urbanos. La ordenanza fue sancionada por unanimidad, pero no establece los caminos alternativos que podrán utilizar.

Por unanimidad, el Concejo Deliberante de Escobar aprobó este miércoles un proyecto de ordenanza que restringe la circulación de camiones con semiacoplado en las zonas céntricas de las localidades.

La medida había sido anunciada el mes pasado en conferencia de prensa por el director ejecutivo de la Agencia Municipal de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, Luis Carranza, y apunta a reordenar la circulación vehicular, así como también a garantizar la durabilidad de los pavimentos urbanos.

Lo que la ordenanza no determina es cuáles serían los accesos alternativos que deberán utilizar los camiones de estas características que en la actualidad utilizan las avenidas y calles principales de las localidades, especialmente en Belén, donde es fluido el tránsito de vehículos que transportan ganado y materiales para la construcción.

«Estamos estudiando distintas alternativas», fue la respuesta que dio Carranza cuando los medios lo consultaron al respecto. Y mencionó como posibles vías de derivación de estos camiones las calles Inmigrantes y Paseo de Julio.

Para el caso de los camiones que transporten alimentos perecederos y deban ingresar a las zonas vedadas la ordenanza estipula que deberán solicitar autorización a la Dirección de Transporte, que «dispondrá su acompañamiento desde su origen hasta su destino dentro del ejido urbano». Por este servicio tendrán que abonar una «tasa de acompañamiento»

Asimismo, la norma define por semiacoplado «al vehículo transportado cuya construcción es tal que una parte de su peso se transmite al vehículo que lo remolca».

Pese a su reciente sanción, la ordenanza aún no está en vigencia. Por un lado, resta la promulgación por parte del intendente Ariel Sujarchuk, lo cual se da por descontado, y la colocación de la cartelería vial correspondiente para señalizar las arterias protegidas por esta disposición.

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