Prohíben a los comercios cobrar un adicional por las recargas virtuales

El Concejo Deliberante de Escobar aprobó, por unanimidad, un proyecto de ordenanza impulsado por el Frente Renovador. Se considera que la imposición de un pago extra por el servicio configura “una práctica abusiva”.

Abuso. El cobro de un adicional se convirtió en una práctica común de los comerciantes.

El Concejo Deliberante de Escobar aprobó, por unanimidad, un proyecto de ordenanza impulsado por el Frente Renovador. Se considera que la imposición de un pago extra por el servicio configura “una práctica abusiva”.

Desde hace varios años que el cobro de un adicional por las recargas virtuales se convirtió en una práctica común de los comercios, no solo en el partido de Escobar sino en todo el país. Sin embargo, recién ahora el Concejo Deliberante local decidió tomar cartas en el asunto y este miércoles sancionó por unanimidad una ordenanza que declara expresamente prohibida esta modalidad.

La norma prohíbe de manera taxativa «aplicar el cobro de una suma adicional o exigir la compra de un producto como condición a todos los comercios que provean el servicio de crédito virtual en teléfonos, televisión satelital, tarjetas SUBE y estacionamiento medido».

“Cobrar adicionales o exigir la compra de un producto a cambio de la recarga de la sube o telefonía celular es una práctica abusiva», aseguró el presidente del bloque de concejales del Frente Renovador y autor de la iniciativa, Gonzalo Fuentes. A la vez, señaló que esta conducta se encuentra penalizada por la ley nacional 24.240, de Defensa del Consumidor.

«Esta medida busca favorecer y defender los derechos de quienes utilizan este servicio en el partido de Escobar», agregó el edil massista.

Argumento. Los comerciantes justifican el recargo por las bajas comisiones que les deja este servicio.

Del lado de los comerciantes, la explicación a esta práctica es que la comisión que perciben por este servicio es ínfima -oscila entre 1% y 5%- y que por eso se ven «obligados» a exigir un pago extra para cubrir los gastos operativos.

La ordenanza, que fue sancionada con voto unánime, establece que la Subsecretaría de Inspección General del Municipio deberá fiscalizar el cumplimiento de esta disposición y sancionar a quienes la infrinjan.

Un aspecto que no contempla la norma es la posibilidad de que los usuarios puedan denunciar ante estos abusos ante la oficina municipal de atención al consumidor o alguna otra dependencia local.

Por ahora, los reclamos por el cobro de recargas en estos servicios son canalizados a través del sitio web de la tarjeta SUBE -tiene un apartado para denunciar puntos de carga- y en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

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