Después de las controversias que antecedieron al regreso de los festejos de carnaval, el bloque de concejales del Partido Justicialista presentó en el Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para crearle un régimen específico a la organización de espectáculos en lugares abiertos.
Básicamente, la iniciativa recoge aspectos contemplados en dispersas ordenanzas y agrega algunos recaudos a tener en cuenta por el Municipio a la hora de autorizar un evento en el espacio público. Por ejemplo, su incidencia en el tránsito vehicular.
Además, el proyecto acorta de 60 a 45 días hábiles el plazo mínimo de antelación con el cual deben solicitarse las autorizaciones al Municipio para estos espectáculos. El dato no es menor, ya que fue este, precisamente, el primer motivo técnico que alegó la Comuna al denegar inicialmente la realización de los corsos en Escobar: que se había pedido autorización con poco tiempo previo.
De hecho, tres de los veinte artículos del proyecto están dedicados específicamente al tema del carnaval. Allí, con dudoso criterio, se menciona que estará “prohibido jugar con agua” durante los corsos. En cambio, sí se permitirá la diversión con espuma en aerosol.
Por lo demás, el resto del texto abunda en aspectos y requisitos diversos al momento de organizar, autorizar y desarrollar un espectáculo de carácter público y a cielo abierto.
La presentación de este proyecto había sido instada por el Departamento Ejecutivo, que en caso de sancionarse esta propuesta tendrá sesenta días para definir la reglamentación de varias disposiciones.
Los emblemáticos festejos del carnaval, en marzo, derivaron en la elaboración de este proyecto de ordenanza.
Después de las controversias que antecedieron al regreso de los festejos de carnaval, el bloque de concejales del Partido Justicialista presentó en el Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para crearle un régimen específico a la organización de espectáculos en lugares abiertos.
Básicamente, la iniciativa recoge aspectos contemplados en dispersas ordenanzas y agrega algunos recaudos a tener en cuenta por el Municipio a la hora de autorizar un evento en el espacio público. Por ejemplo, su incidencia en el tránsito vehicular.
Además, el proyecto acorta de 60 a 45 días hábiles el plazo mínimo de antelación con el cual deben solicitarse las autorizaciones al Municipio para estos espectáculos. El dato no es menor, ya que fue este, precisamente, el primer motivo técnico que alegó la Comuna al denegar inicialmente la realización de los corsos en Escobar: que se había pedido autorización con poco tiempo previo.
De hecho, tres de los veinte artículos del proyecto están dedicados específicamente al tema del carnaval. Allí, con dudoso criterio, se menciona que estará “prohibido jugar con agua” durante los corsos. En cambio, sí se permitirá la diversión con espuma en aerosol.
Por lo demás, el resto del texto abunda en aspectos y requisitos diversos al momento de organizar, autorizar y desarrollar un espectáculo de carácter público y a cielo abierto.
La presentación de este proyecto había sido instada por el Departamento Ejecutivo, que en caso de sancionarse esta propuesta tendrá sesenta días para definir la reglamentación de varias disposiciones.
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