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lunes 23 de agosto de 2010

Opinión

“Interés público versus interés privado: la placita de la estación”

Antes que nada, es necesario aclarar que este texto está escrito con carácter estrictamente personal y no involucra a nadie más que a quien lo firma. Las personas que me acompañaban en la reunión con la Defensora del Pueblo de Escobar y firmaron la presentación hecha el 17 de agosto no han sido consultadas al momento de escribir estas líneas y no tienen ningún compromiso con las mismas.
El 19 de agosto fuimos recibidos por la Defensora del Pueblo, la doctora Rocío Fernández, quien dispuso generosamente de su escaso tiempo para recibirnos y darnos su visión del problema que estábamos planteando: la intención del Municipio de construir una playa de estacionamiento en el llamado “Campito de la estación”.
La sensación, luego de la entrevista, es que de esa instancia poco y nada podrá obtenerse en pos de conseguir el objetivo de frenar la playa de estacionamiento.
En primer lugar, la doctora Fernández dio claras muestras de haberse ocupado del asunto y tomado vista del expediente. Es más, leyó uno de los folios del mismo, en el cual el ONABE, organismo del Estado nacional administrador del predio, informa al Concejo Deliberante -ante su requisitoria- que el mismo se encuentra concesionado a la empresa NCA S.A. (Nuevo Central Argentino).
A continuación, la doctora Fernández se ocupó de poner en claro las limitaciones de su cargo. Concretamente, nos expresó que, en cuanto al expediente 13508/10, nada se podía hacer desde la Defensoría, porque la ordenanza en cuestión no vulneraba ninguna instancia legal superior, es decir, era respetuosa de toda la normativa vigente.
Consultada sobre si ella podría ayudar a conformar un movimiento que se pueda oponer a la sanción de la ordenanza, nos expresó que desde la Defensoría no se puede organizar ninguna manifestación ni movida. Por último, sin llegar a ser una sugerencia, según sus propias palabras, nos expresó que ella, en nuestro lugar, bajaría el nivel de la protesta, para no levantar el avispero, para que de esta manera la empresa NCA no se entere del asunto y pretenda hacer la playa de estacionamiento en lugar de hacerla el Municipio.
Hasta allí, las respuestas de la señora Defensora, que -a mi entender- tienen algo de erróneo, algo de incierto y algo de flagrante mentira.
El expediente 13.508/10 es el que establece la intención del Municipio de Escobar de proceder a llamar a una licitación pública para construir una playa de estacionamiento a cielo abierto en el llamado “Campito de la estación”, que es el paradigmático espacio verde del centro de la localidad cabecera del distrito.
Resulta interesante recorrer el mismo para analizar detenidamente la situación.
La intención del Municipio aparece fundada en la supuesta necesidad de brindar a los automovilistas la posibilidad de contar con un estacionamiento en las horas pico, en las que, según estimaciones, la capacidad de los estacionamientos es insuficiente.
Es importante partir de este punto para poder evaluar cuáles son los intereses en pugna en este expediente. Según lo establecido hasta aquí, diríamos que tenemos, por un lado, el interés público y general de ordenar y facilitar el estacionamiento en las horas pico; y, por el otro, el interés público y general de disponer de un espacio verde para la utilización del pueblo de Belén y de muchos transeúntes.
Quienes han redactado la ordenanza lo han hecho entendiendo que el interés de contar con la playa de estacionamiento es de carácter superior al del espacio verde.
Así lo dice la nota obrante a fojas 27 del expediente, donde el Concejo Deliberante se dirige a la empresa NCA diciéndole que en el predio por ella concesionado en su momento el Municipio construyó una plaza pública, pero que ahora “se le quiere dar al espacio un uso más útil”.
¿Cuáles son los parámetros que el Concejo evalúa para determinar la utilidad de una u otra alternativa de uso?
La respuesta a esta pregunta tal vez sea también, en cierto modo, la base de la discrepancia con la posición de la señora Defensora cuando dice que la ordenanza no viola ninguna ley superior.
¿No establece acaso la constitución Nacional el derecho al espacio verde, a un ambiente sano? ¿No están contemplados los lugares como el “Campito de la estación” como un derecho en nuestra Carta Magna?
¿Cuál sería el espacio sustituto del que dispondría la población si fuera  erradicado el campito? No lo hay a kilómetros de distancia.
La base del problema es que, por ignorancia, por incapacidad o simplemente por dolo administrativo, los concejales han evaluado al espacio verde con un valor social igual a cero. Frente a esta evaluación, cualquier cosa que se haga sería “más útil”, como dice la nota referida arriba.
Convencido de que esta estimación de valor social cero para la placita es falaz y ruin, evalúo el valor social de la propuesta de la playa.
El argumento es que existe un escenario, en un momento del día, en el cual  los automovilistas deambulan desesperados buscando un lugar para estacionar que no encuentran.
Esta situación es la que da a la alternativa de la playa: interés público y valor social superlativo, que lo impone frente a la necesidad del espacio verde.
Sin embargo, existe un dato que obliga a analizar la real existencia de ese escenario.
A escasos 50 metros de donde se pretende construir la playa descubierta, existe una playa de estacionamiento cubierta que a lo largo del día difícilmente pasa de un 30 % de su capacidad ocupada.
¿Por qué no se utilizan esos espacios libres para estacionar?
Responder esta pregunta es cuestionar el universo ideal, propuesto por el proyecto de ordenanza.
En efecto, una de las respuestas es que esta playa cubierta es más cara. En este caso, el problema del estacionamiento ya no es de todos los automovilistas que circulan en horas pico por el centro de Escobar sino de un grupo que pretende conseguir un estacionamiento más barato.
Esta es una diferencia muy grande, al menos en lo cualitativo. En este caso, estaríamos sacrificando un espacio verde que utilizan los sectores más humildes de la población simplemente para proveer de un estacionamiento más barato a los automovilistas.
Y aquí es donde se vulnera un derecho de toda la comunidad para privilegiar los intereses de un sector. Aquí es donde difiero también con la señora Defensora, esto también es violatorio de normas preexistentes.
Tal vez podría haber otra justificación y es que, en realidad, la necesidad de la playa sea para que existan cocheras nocturnas, porque no hay donde guardar autos y dejarlos en la calle abandonados, siempre es peor a que queden en un lugar resguardado, aunque sea sin techo.
En este punto, otra vez volvemos a la reducción del universo que confronta con la placita. No es toda la población sino un grupo de vecinos que no tiene donde guardar el coche de noche. Por lo que el interés, no es ni público ni general, sino parcial y sectorial.
En cuanto al punto anterior, es notable que el proyecto establezca que la playa esté abierta durante diez horas al día, pero no fije horarios tentativos ni si los mismos serán diurnos o nocturnos.
Un último punto, que sin ser central es llamativo. La propuesta resulta casi desopilante.
Un predio que pertenece al Estado nacional, administrado por un organismo descentralizado, está concesionado a una empresa privada prestadora de servicios ferroviarios. En ese marco aparece el Municipio, pretendiendo llamar a licitación para que otra empresa privada construya una playa de estacionamiento y le pague un canon a él pasando por encima de los intereses del Estado nacional, del organismo descentralizado y de la concesionaria.
Sin comentario.
Existe otro punto que es interesante abordar: el canon. Es extraño que en el proyecto, donde se ha podido evaluar hasta el ingreso diario que tendrá la licitataria, no se pueda estimar un canon base, a partir del cual tendrían que hacer sus ofertas las distintas empresas oferentes.
Sea cual sea ese canon, ¿cubrirá lo que el Municipio recibe por el estacionamiento medido y que seguramente menguará su recaudación? ¿Qué pasara con aquellas personas, en su mayoría jubilados y personas con capacidades diferentes que hoy cobran el estacionamiento medido? ¿También ellos tienen valor social cero para los responsables del proyecto? Demasiadas cosas para ser simple ineptitud.
Por Jorge Derra
Ex concejal Frepaso (1999-2003) y militante social

Antes que nada, es necesario aclarar que este texto está escrito con carácter estrictamente personal y no involucra a nadie más que a quien lo firma. Las personas que me acompañaban en la reunión con la Defensora del Pueblo de Escobar y firmaron la presentación hecha el 17 de agosto no han sido consultadas al momento de escribir estas líneas y no tienen ningún compromiso con las mismas.

El 19 de agosto fuimos recibidos por la Defensora del Pueblo, la doctora Rocío Fernández, quien dispuso generosamente de su escaso tiempo para recibirnos y darnos su visión del problema que estábamos planteando: la intención del Municipio de construir una playa de estacionamiento en el llamado “Campito de la estación”.

La sensación, luego de la entrevista, es que de esa instancia poco y nada podrá obtenerse en pos de conseguir el objetivo de frenar la playa de estacionamiento.

En primer lugar, la doctora Fernández dio claras muestras de haberse ocupado del asunto y tomado vista del expediente. Es más, leyó uno de los folios del mismo, en el cual el ONABE, organismo del Estado nacional administrador del predio, informa al Concejo Deliberante -ante su requisitoria- que el mismo se encuentra concesionado a la empresa NCA S.A. (Nuevo Central Argentino).

A continuación, la doctora Fernández se ocupó de poner en claro las limitaciones de su cargo. Concretamente, nos expresó que, en cuanto al expediente 13508/10, nada se podía hacer desde la Defensoría, porque la ordenanza en cuestión no vulneraba ninguna instancia legal superior, es decir, era respetuosa de toda la normativa vigente.

Consultada sobre si ella podría ayudar a conformar un movimiento que se pueda oponer a la sanción de la ordenanza, nos expresó que desde la Defensoría no se puede organizar ninguna manifestación ni movida. Por último, sin llegar a ser una sugerencia, según sus propias palabras, nos expresó que ella, en nuestro lugar, bajaría el nivel de la protesta, para no levantar el avispero, para que de esta manera la empresa NCA no se entere del asunto y pretenda hacer la playa de estacionamiento en lugar de hacerla el Municipio.

Hasta allí, las respuestas de la señora Defensora, que -a mi entender- tienen algo de erróneo, algo de incierto y algo de flagrante mentira.

El expediente 13.508/10 es el que establece la intención del Municipio de Escobar de proceder a llamar a una licitación pública para construir una playa de estacionamiento a cielo abierto en el llamado “Campito de la estación”, que es el paradigmático espacio verde del centro de la localidad cabecera del distrito.

Resulta interesante recorrer el mismo para analizar detenidamente la situación.

La intención del Municipio aparece fundada en la supuesta necesidad de brindar a los automovilistas la posibilidad de contar con un estacionamiento en las horas pico, en las que, según estimaciones, la capacidad de los estacionamientos es insuficiente.

Es importante partir de este punto para poder evaluar cuáles son los intereses en pugna en este expediente. Según lo establecido hasta aquí, diríamos que tenemos, por un lado, el interés público y general de ordenar y facilitar el estacionamiento en las horas pico; y, por el otro, el interés público y general de disponer de un espacio verde para la utilización del pueblo de Belén y de muchos transeúntes.

Quienes han redactado la ordenanza lo han hecho entendiendo que el interés de contar con la playa de estacionamiento es de carácter superior al del espacio verde.

Así lo dice la nota obrante a fojas 27 del expediente, donde el Concejo Deliberante se dirige a la empresa NCA diciéndole que en el predio por ella concesionado en su momento el Municipio construyó una plaza pública, pero que ahora “se le quiere dar al espacio un uso más útil”.

¿Cuáles son los parámetros que el Concejo evalúa para determinar la utilidad de una u otra alternativa de uso?

La respuesta a esta pregunta tal vez sea también, en cierto modo, la base de la discrepancia con la posición de la señora Defensora cuando dice que la ordenanza no viola ninguna ley superior.

¿No establece acaso la constitución Nacional el derecho al espacio verde, a un ambiente sano? ¿No están contemplados los lugares como el “Campito de la estación” como un derecho en nuestra Carta Magna?

¿Cuál sería el espacio sustituto del que dispondría la población si fuera  erradicado el campito? No lo hay a kilómetros de distancia.

La base del problema es que, por ignorancia, por incapacidad o simplemente por dolo administrativo, los concejales han evaluado al espacio verde con un valor social igual a cero. Frente a esta evaluación, cualquier cosa que se haga sería “más útil”, como dice la nota referida arriba.

Convencido de que esta estimación de valor social cero para la placita es falaz y ruin, evalúo el valor social de la propuesta de la playa.

El argumento es que existe un escenario, en un momento del día, en el cual  los automovilistas deambulan desesperados buscando un lugar para estacionar que no encuentran.

Esta situación es la que da a la alternativa de la playa: interés público y valor social superlativo, que lo impone frente a la necesidad del espacio verde.

Sin embargo, existe un dato que obliga a analizar la real existencia de ese escenario.

A escasos 50 metros de donde se pretende construir la playa descubierta, existe una playa de estacionamiento cubierta que a lo largo del día difícilmente pasa de un 30 % de su capacidad ocupada.

¿Por qué no se utilizan esos espacios libres para estacionar?

Responder esta pregunta es cuestionar el universo ideal, propuesto por el proyecto de ordenanza.

En efecto, una de las respuestas es que esta playa cubierta es más cara. En este caso, el problema del estacionamiento ya no es de todos los automovilistas que circulan en horas pico por el centro de Escobar sino de un grupo que pretende conseguir un estacionamiento más barato.

Esta es una diferencia muy grande, al menos en lo cualitativo. En este caso, estaríamos sacrificando un espacio verde que utilizan los sectores más humildes de la población simplemente para proveer de un estacionamiento más barato a los automovilistas.

Y aquí es donde se vulnera un derecho de toda la comunidad para privilegiar los intereses de un sector. Aquí es donde difiero también con la señora Defensora, esto también es violatorio de normas preexistentes.

Tal vez podría haber otra justificación y es que, en realidad, la necesidad de la playa sea para que existan cocheras nocturnas, porque no hay donde guardar autos y dejarlos en la calle abandonados, siempre es peor a que queden en un lugar resguardado, aunque sea sin techo.

En este punto, otra vez volvemos a la reducción del universo que confronta con la placita. No es toda la población sino un grupo de vecinos que no tiene donde guardar el coche de noche. Por lo que el interés, no es ni público ni general, sino parcial y sectorial.

En cuanto al punto anterior, es notable que el proyecto establezca que la playa esté abierta durante diez horas al día, pero no fije horarios tentativos ni si los mismos serán diurnos o nocturnos.

Un último punto, que sin ser central es llamativo. La propuesta resulta casi desopilante.

Un predio que pertenece al Estado nacional, administrado por un organismo descentralizado, está concesionado a una empresa privada prestadora de servicios ferroviarios. En ese marco aparece el Municipio, pretendiendo llamar a licitación para que otra empresa privada construya una playa de estacionamiento y le pague un canon a él pasando por encima de los intereses del Estado nacional, del organismo descentralizado y de la concesionaria.

Sin comentario.

Existe otro punto que es interesante abordar: el canon. Es extraño que en el proyecto, donde se ha podido evaluar hasta el ingreso diario que tendrá la licitataria, no se pueda estimar un canon base, a partir del cual tendrían que hacer sus ofertas las distintas empresas oferentes.

Sea cual sea ese canon, ¿cubrirá lo que el Municipio recibe por el estacionamiento medido y que seguramente menguará su recaudación? ¿Qué pasara con aquellas personas, en su mayoría jubilados y personas con capacidades diferentes que hoy cobran el estacionamiento medido? ¿También ellos tienen valor social cero para los responsables del proyecto? Demasiadas cosas para ser simple ineptitud.

Por Jorge Derra

Ex concejal Frepaso (1999-2003) y militante social

Fuente: El Día de Escobar

Ago 23, 2010ciro
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